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Una más

09/12/2010 02:30 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

SS don Juan Luís De la Rúa afirmó: He juzgado la "causa Camps" como "una más" de las que competen a este tribunal; Si, es "una más" y si, fue procesada igual que todas las que han tenido a cargos públicos del PPV como imputados

El TSJ archiva sin practicar ninguna diligencia el caso aparcamientos.

30/11/2007.

La juez del "caso Mercalicante" exculpa ahora a Díaz Alperi alegando un defecto de forma.

18/03/2004.

Elevan al TSJ el "caso Mercalicante" por el aforamiento del querellado Luís Bernardo Díaz Alperi.

18/11/2008.

El TSJ archiva la causa (Mercalicante) contra Alperi.

20/02/2009.

*El expediente del asuntillo Mercalicante lo componían 10.000 folios a una sola cara y fue sobreseído tras tan solo una semanita de tramitación; a una velocidad (Calculada con un generoso margen a la baja) de aproximadamente 68.550 Palabras Por hora.

Ejemplos como éstos son los que parecía estar invocando SS De la Rúa cuando hablaba de "una más" no obstante; lo más llamativo espectacular y revelador del asuntillo es que en todas ellas se usaron argumentos de "muy buena lógica jurídica aplicada con contrastada e irreprochable imparcialidad" al tiempo que todas ellas, se evidenciaba el "gran calado intelectual" de sus autores.

Por ejemplo, un magistrado de dicho tribunal, explicando uno de sus auto de sobreseimiento, dijo sobre el imputado: "Es una persona por encima de toda sospecha" (Frase que, en el contesto en que fue pronunciada, solo puede interpretarse como: "Es una persona por encima de la ley")

También, y ésta es mi favorita, la resolución judicial firme del TSV que dice: "La inexistencia (Resuelta por el mismo Tribunal) del delito de prevaricación (La prevaricación no puede considerarse la finalidad última del acto delictivo, ya que solo es un medio más para llevarlo a cabo) hace que el resto de delitos no existan." (El resto de los delitos imputados son de índole económica y la finalidad última y única de los delitos de malversación de caudales públicos)

O bien; fundamentando las resoluciones en cuestiones totalmente fuera del ordenamiento jurídico, usando "argumentos" como: "El alcalde (Díaz Alperi) no tenia conocimiento de estar delinquiendo ni voluntad de hacerlo". (Para los que teóricamente somos tan iguales ante la ley como los cargos públicos del PPV, pero que en la practica somos muchísimo más iguales que ellos; tanto la falta de intención delictiva como la ignorancia de la ley no están contemplados como eximentes de responsabilidad penal)

Leyendo argumentos tan redondos y categóricos, tan cartesianos y fluidos como el de la inexistencia de un delito, porque en la otra realidad (La judicial) los dineros se los llevan para así poder emitir resoluciones injustas y no al revés; quedo pasmado y me pregunto para mis adentros: Entonces, si alguien matara con un hacha robada y luego no se pudiera determinar a quien se la robó ¿No se podría procesar al "supuesto" asesino? Ya que no se ha podido demostrar que robara el hacha ¿O dicha afirmación significaría que como el juez no se convenció de que hubo robó de hacha, no ha muerto nadie?... aunque el cadáver apeste.

Y lo que es peor, esto seria como si se dijera que se perpetro el crimen (Asesinato o sustracción de caudales públicos, según el caso) con la intención de divertirse preparándolo previamente... ¿Porqué cometerlo entonces, cuando ya se había alcanzado el adjetivo principal?... el hacha... el muerto... el huevo... la gallina... mira que me lo decía mi madre: "No dejes los estudios Ernesto, que luego te tomaran el pelo".

Estimado Don Juan Luís De la Rúa: Tengo la certeza moral de que la continuidad en el cargo más haya de lo estipulado por la ley, que viene afectando a los magistrados del Tribunal Superior Valenciano se debe a la relación de "más que amistad" que mantienen Sus Señorías con el partido del elegantísimo señor Camps, así mismo estoy convencido de que todas SS han de sentirse inclinadas ha corresponder a sus benefactores y por tanto ha ceder a la tentación, ya que su tribunal muestran una ostensiblemente predisposición "Más que compresiva" hacia los interese de dicha parte.

Y por cierto, Ilustrísimo Señor Don Juan Luís; la incomparecería del también ilustrísimo señor Paco Camps a las celebraciones familiares de la estirpe De la Rúa es totalmente inane y no viene al caso; ni tan siquiera remotamente, puesto que los empresarios de las grandes constructoras no suelen acudir a las bodas de los hijos de sus encargados de obra y sin embargo resulta incuestionable que comparten los mismos objetivos y estrategias, pues ambos viven del mismo negocio aun sea en proporciones bien diferentes.

Y además, su razonamiento exculpatorio es especialmente irrelevante para el caso de los supuestos favores judiciales que motivaron sus últimas declaraciones, ya que por ejemplo; a los amantes tampoco se les suele invitar a las bodas de los hijos y sin embargo es indudable que en ambos casos se tendrían evidentes intereses comunes y tangibles, con el jefe o bien con el amante, según el caso. Cuestión está última que es precisamente lo que se le achaca a su Tribunal Superior de "Justicia" cuando, de forma jovial y desenfadada, se le quita hierro al asunto llamando "Mas que amistad" a lo suyo con el Partido Popular Valenciano.

En mi opinión; esta claro que mientras se ejerce un rigor inusitado contra quienes defienden la igualdad de todos ante la ley (Don Baltasar Garzón) y en el otro extremo de la balanza y a la vista de todos los ciudadanos, diariamente irregularidades flagrantes y fácilmente demostrables se cometen con el fin de garantizar la resolución de las denuncias, siempre a favor de los intereses de determinado grupo.

Y lo que es peor, dichas reclamaciones se vienen archivando sin practicar diligencia alguna y encima, las irregularidades procesales que se cometen con ese fin son torpemente disimuladas mediante argumentos extemporáneos, irrelevantes o flagrantemente ridículos y claro esta, sin que los políticos supuestos autores de los sonados desfalcos (Camps, Alperi, Fabra y un largo etcétera que abarca a casi todos los alcaldes de su cuerda) tengan que preocuparse de cumplir la ley, pues en la praxis se pueden considerar los amos y señores de una justicia, que en manos de funcionarios como el ilustrísimo y "notoriamente imparcial de toda la vida" SS De la Rúa, parece encontrarse al servicio de un solo partido.

*En un folio (A4) caben unas 549 palabras en tipografía Verdana 10p. (Con párrafos separados y los márgenes por defecto) por cortesía, pongamos que son la mitad: 274, 5 palabras por folio, que multiplicadas por los 10.000 folio de la instrucción nos dan un total de 2.745.000 palabras, si las dividimos entre las 40 horas que debiera tener la semana del funcionario, resultarían 68.550 palabras por hora. (Técnicamente, ppm se refiere a palabras de cinco letras; sumando todas las letras de un texto y dividiendo el resultado por 5; da una referencia estadística idéntica para todos los idiomas)

Un lector adulto y formado puede leer a una velocidad de alrededor de 200-300 ppm y para conseguir una buena comprensión a lo sumo puede llegar a 400 ppm; cuando se llega a una velocidad de 1.000 palabras leídas por minuto se puede conseguir, como máximo, un entendimiento del 50%.

Http://es.wikipedia.org/wiki/Palabras_por_minuto

El campeón mundial de memorización rápida; el Maestro Ramón Campayo Martínez (1965, Ayna, Albacete, España) durante periodos cortos es capaz de leer a velocidades de 2.540 palabras por minuto, pero claro; también posee el Récord absoluto en pruebas de fondo: Memorización de 23.200 palabras en 72 horas, se le preguntaron 500 al azar y falló 2. (Podía fallar 5)

http://es.wikipedia.org/wiki/Campayo

Nótese que por imperativo legal, el magistrado se debió leer un mínimo de 2.742.000 palabras (Calculadas con un generoso margen a la baja) en unas 40 horas laborales; ridiculizando así la mejor marca de quien tiene acreditado ser la persona de más rápida memorización del planeta; y esto hablando únicamente de memorizar y por tanto olvidándonos de razonar y resolver. Por todos estos detallitos, opino que es físicamente imposible que "vieran" el expediente del caso Mercalicante antes de resolverlo.

274,2 ppf por 10.000 f igual a 2.745.000 tpe que divididas por 40 h dan 68.625 pph

Así pues, resulta que los jueces del Superior Valenciano son capaces de "leer entender y resolver" 68.550 palabras por hora, cuando en su mejor marca de fondo (23.200 palabras en 72 horas) el campeón mundial de memorización llega, como máximo, ha memorizar 322, 2 palabras por hora. (23.200 palabras divididas por 72 horas nos dan 322, 2 palabras por hora)

Record absoluto: 322, 2 palabras por hora en prueba de fondo.

Record del TSV: 68.550 palabras por hora en "prueba" de fondo y medio. (72 h - 40 h = 32 h)

1.371 cpf / 5 = 274, 2 ppf X 10.000 f = 2.742.000 tpe / 40 h = 68.550 pph / 60 = 1.142, 8 ppm

(Siendo, f: Folios. cpf: Caracteres Por Folio. ppf: Palabras Por Folio. tpe: Total de Palabras en el Expediente. pph: Palabras Por Hora. ppm: Palabras Por Minuto.)

(Nota: Del titular a la firma, este texto de 1.534 palabras en castellano, técnicamente contiene 1.556, 4.)

PD: Según la ciencia un esfuerzo de tal magnitud y duración, necesariamente dejaría secuelas irreversibles en las neuronas de en quien lo intentase.

Ernesto Contreras Cazaña


Sobre esta noticia

Autor:
Ernesto Contreras Cazaña (150 noticias)
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Tipo:
Opinión
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