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Sinergia y triunfo patriótico nicaragüense

27/01/2013 22:00 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Después de once años de litigio ante la CIJ, Nicaragüa logró recuperar buena parte de territorio marítimo, como resultado de apartar diferencias ideológicas y unidad de esfuerzos

Nueva frontera marítima entre Colombia y Nicaragua, después del fallo de la C IJ.

Autor: Guillermo E. Cuadra Reyes

El fallo definitivo de la CIJ del pasado 19 de noviembre del 2012, le reconoce a Nicaragua el derecho a las 200 millas náuticas, trasladando y extendiendo la jurisdicción marítimo-nicaragüense al este del meridiano 82, específicamente hasta el meridiano 79.5, manteniendo sin embargo, una “herradura” jurisdiccional colombiana a la altura de las islas San Andrés y Providencia, e igualmente, un radio marítimo de 12 millas náuticas alrededor de los cayos Serrana y Quitasueño, y legitimando a favor de Colombia su soberanía sobre todas las islas y cayos hasta entonces en litigio. Ahora Nicaragua podrá acceder soberanamente, si así estimase conveniente, más allá de las 200 millas náuticas de su plataforma continental en aguas internacionales de tránsito para todos los países, para lo cual deberá dar continuidad gestora ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental, lo que al parecer ya se inició.

Ha quedado nuevamente comprobado que una política de continuidad gestora de Estado en la sucesión de gobiernos con diferentes signos políticos, posibilita realizar grandes logros y beneficios nacionales, impulsando y fortaleciendo desde esta óptica sinérgico-estratégica, la unidad de todos los sectores sociales de nuestro país, como se evidenció en la victoria nicaragüense en el litigio contra Colombia.

Ojalá que esto sea aleccionante para el actual gobierno del presidente Ortega en todas las futuras acciones de su gestión estatal, e igualmente, en las jornadas pendientes para las delimitaciones marítimo-fronterizas en el mismo Mar Caribe con Costa Rica. Es más, Nicaragua podría aprovechar el gobierno demócrata del presidente Estado Unidense, Mr. Barack Obama, para incitar el apoyo moral de este poderoso país, pues gracias a la trama político-militar-bilateral de los USA y Colombia, hizo perder a Nicaragua su soberanía sobre una buena porción de su plataforma continental; una actititud gubernamental del presidente Obama en en este sentido compensaría parcialmente los perjuicios causados por el injerencismo, intervencionismo y geofagia de anteriores administraciones estadounidenses y colombianas, quienes en alianza y mediante maniobras en el pasado, se apropiaron de semejante territorio marítimo nicaragüense.

Realmente la administración Obama podría dar muestras contundentes de equidad y respeto al Derecho Internacional mediante el pago a Nicaragua de la jugosa indemnización resuelta por la misma CIJ a causa de su intromisión bélica en la guerra libertaria en contra del sandinismo en la década de los ochenta.

El presidente Daniel Ortega, de forma incluyente y reconocedora del esfuerzo patriótico nicaragüense de otros actores principales no acordes con la forma sandinista de gobernar, dentro de todo un accionar conjunto y coordinado, iniciado el 19 de diciembre de 1979 con la promulgación de la Ley sobre Plataforma Continental y Mar Adyacente, donde se determinaba categóricamente una zona “de soberanía y jurisdicción” de 200 millas náuticas, continuándose posteriormente en los años noventa con la conformación de una Comisión Territorial Asesora, entre cuyos notables han figurado el doctor Luis Pasos Argüello, el doctor Alfonso Ortega Urbina, Alejandro Montiel Argüello, y que además siguió funcionando coordinadamente en los siguientes gobiernos con las cancillerías y el equipo jurídico en La Haya, posterior al mensaje del presidente colombiano José Manuel Santos, el mismo día en que se dio a conocer públicamente dicho fallo por el presidente magistrado de la CIJ, Peter Tomka, el pasado 19 de noviembre, convidó entre otros, a algunos expresidentes y excancilleres a participar del mensaje presidencial en tal ocasión.

Como bien dijo el presidente nicaragüense Daniel Ortega, en vez de que las máximas autoridades estatales colombianas encabezadas por el presidente Juan Manuel Santos y su ministra de Relaciones Exteriores María Ángela Holguín, pregonaran el desconocimiento parcial en los aspectos que no les parecen de la resolución inapelable de la CIJ y hasta asumiendo la decisión extrema de desconocer la competencia de esta corte internacional, contraviniendo además la Carta de la OEA suscrita en Bogotá, que sustenta la solución pacífica de litigios entre sus suscriptores, más bien, el Estado colombiano debería indemnizar al Estado y pueblo nicaragüense por los daños ocasionados por el ilegítimo aprovechamiento de recursos naturales nicaragüenses, incurriéndolos en gastos millonarios de gestión jurídica y representación en demanda por hacer prevalecer sus derechos territoriales. Realmente el presidente Ortega merece ser felicitado por demostrar patriotismo y tildar gallardamente al presidente colombiano de “irresponsable” y demandarle la aceptación total de la susodicha resolución, actitud que quizás otros presidentes nicaragüenses no se hubieran atrevido a hacerlo previniendo desavenencias políticas con gobiernos extranjeros.

La demanda en contra del abuso colombiano fue introducida ante la Corte Internacional de Justicia en La Haya por el ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua del gobierno de Arnoldo Alemán, Francisco Javier Aguirre Sacasa, el 06 de diciembre del 2001, después de no lograrse acuerdo bilateral entre ambos países, originándose así una controversia jurídica de once años. Posteriormente en un fallo preliminar en diciembre del 2007, la CIJ no admitía como frontera marítima entre Nicaragua y Colombia el meridiano 82, declarándose además competente para efectuar la requerida e inexistente delimitación. Anteriormente la misma CIJ, en octubre del 2007 había resuelto y delimitado la frontera marítima con el país vecino de Honduras, la cual indebidamente pretendía cercenar nuestra “zona exclusiva económica” en el Mar Caribe, sosteniendo arbitrariamente que dicha frontera se encontraba en el paralelo 15, lo cual fue rechazado por esta Corte Internacional de Justicia. !Otra nueva victoria jurídico internacional nicaragüense!

De persistir el actual gobierno colombiano en su actitud de desacato aunque fuese con incursiones ocasionales de sus naves de guerra en el territorio marítimo de la plataforma continental nicaragüense, dentro de la cual está ubicado el archipiélago de San Andrés y Providencia, la administración del Presidente Ortega tendrá ante sí tres alternativas: Recurrir ante el Consejo de Seguridad de la ONU a fin de que sancionen al Estado colombiano y/o tome otras medidas de presión que lo obliguen a cumplir totalmente con la susodicha resolución, más bien ordenándoles a replegarse definitiva y militarmente a su nueva frontera marítima; iniciar otra demanda ante la CIJ por daños y perjuicios; o bien ambas de forma simultánea.

El conflicto limítrofe entre Nicaragua y Colombia se originó por la Real Orden de 1803 que apenas tuvo vigencia tres años

Seguramente, al igual como Nicaragua ganó la demanda en contra de los USA, la cual digna y valientemente introdujeron los sandinistas, ganaríamos esta nueva demanda en contra de Colombia, complementándola con una estrategia diplomática y mediática de denuncia y de exposición directa, clara y decidida en base a la justeza y legalidad que le asiste a Nicaragua. El gobierno del presidente Ortega ya inició el ejercicio de la soberanía nicaragüense cuando procedió a patrullar y vigilar el amplio y restituido territorio marítimo, desde la media noche del pasado domingo 25 de noviembre, con los desfasados y escasos medios marítimos y aéreos sin haberse suscitado algún tipo de incidente armado entre ambos ejércitos.

El conflicto limítrofe entre Nicaragua y Colombia se originó por la Real Orden de 1803 que apenas tuvo vigencia tres años y que, tenía propósitos meramente militares de defender la costa de las islas caribeñas nicaragüenses en disputa, de posibles ataques de piratas y de corsarios, la que no tuvo aplicabilidad práctica, siendo derogada por la Orden Real de 1806, después que la Capitanía General de Guatemala protestara por ello y solicitara que todo volviera a su anterior estado. Durante todo el siglo XVIII Colombia pretendió que Inglaterra le reconociera soberanía sobre la mosquitia nicaragüense, ocupando las Islas de San Andrés y Providencia en base a la Real Orden de 1803.

A todo esto, cabe mencionar dos hechos históricos del siglo XX: primero, el fallo del árbitro francés designado en el conflicto Colombia-Costa Rica, Emile Loubet, fallando a favor de Costa Rica, negándole validez a la Real Orden de 1803; y segundo, la firma del Tratado Altamirano-Harrison por medio del cual Inglaterra reconocía la soberanía nicaragüense sobre su Mosquitia, aunque este mismo árbitro francés, declarara que las islas San Andrés estaban separadas de la Mosquitia nicaragüense y que eran colombianas.

Posteriormente el 24 de marzo de 1928, siendo presidente Adolfo Díaz, se firma el Tratado Bárcenas Meneses–Esguerra en Managua, un tratado firmado cuando Nicaragua se encontraba invadida y ocupada militarmente por los marines Estadounidenses de América del Norte (USA), impidiéndole al gobierno nicaragüense de ese entonces, preservar los derechos territoriales de la nación dariense, presionándolo y obligándolo a cederle a Colombia tales territorios mediante la imposición de este ominoso tratado ratificado en 1933. Mediante esta intervención política y militar, los USA pretendía mejorar sus relaciones con Colombia seriamente deterioradas por su participación directa en la separación de Panamá de su territorio, creando una pequeña república más fácil de manipular a sus propios intereses canaleros estadounidenses, en una especie de canje territorial.

Hechos tan repudiables como estos hacen de obligatoria necesidad, actualizar el Derecho Internacional en el sentido de invalidar automáticamente, todo tratado internacional impuesto por naciones con mayores recursos a las naciones más débiles, como efectivamente hizo el gobierno colombiano apoyado por el de los USA, aprovechándose además de la coyuntura político-social adversa para Nicaragua propiciada por el gobierno estadounidense, para repartirse buena parte del territorio marítimo-nicaragüense y de sus recursos naturales, proveyendo para tal efecto a la CIJ, de instrumentos jurídicos vinculantes a los marcos legales de los países mienbros de la ONU y resto de organizaciones globales y regionales, así como de instancias concretas de sanción a gobiernos reberldes al orden internacional y respeto recíproco que debieran imperar dentro de un Estado de Derecho Internacional. Países vulnerables a ser avasallados mediante alianzas políticas de ciertos gobiernos geófagos con naciones poderosas con vocación imperialista dentro del ámbito mundial, deberían iniciar un movimiento renovador dentro del seno de la ONU y otras organizaciones semejantes, a fin dirigir esfuerzos conjuntos en aras de lograr la modernización filosófica dentro de este tipo de organizaciones internacionales, así como en aquellos aspectos del Derecho Internacional que actualmente no posibilitan la real protección de países débiles, ante situaciones como las originadas por los gobiernos de los USA y Colombia en la fecha suscriptora del Tratado Bárcenas Meneses-Esguerra en 1928.

Un tratado de cesión de territorios mediante el cual Nicaragua reconocíale a Colombia, soberanía sobre las islas de San Andrés y Providencia, así como también, sobre el resto de islas, islotes y cayos del Archipiélago de San Andrés, que posteriormente desembocó en disputa entre los USA y Colombia en lo referente a los cayos Roncador, Quitasueño y Serrana, todas ellas ubicadas en el Mar Caribe y plataforma continental nicaragüense. Fue hasta el 8 de septiembre de 1972 cuando Colombia logró que los cayos nicaragüenses de Roncador, Serrana y Quitasueño, cuya soberanía la estaba ejerciendo impositivamente los USA, estos le cediesen y le traspasasen dicha soberanía mediante el Tratado Saccio-Vázquez Carrizosa, dando así por concluido lo acordado en las notas Olaya-Kellog del 10 de abril de 1928, las cuales adjudicaban a los Estados Unidos estos cayos, a pesar de que Somoza era un fuerte aliado norteamericano y “fiel representante de los intereses de Estados Unidos”. Por ello Somoza tuvo que maniobrar políticamente en el Congreso norteamericano evitando que se ratificase este tratado entre los USA y Colombia.

A partir de 1969, unilateralmente Colombia según su propia interpretación, pretendió transformar el tratado Bárcenas-Meneses Esguerra en un tratado delimitador de fronteras marítimas que marginaba a Nicaragua desde el meridiano 82 hacia el occidente, hasta las costas nicaragüenses en el Mar Caribe, cercenando la plataforma continental de Nicaragua y arrinconándola mediante el uso avasallador y prepotente de su mayor poderío militar, a pesar que dicho tratado no estipulaba límites marítimos. Desde esta situación real de poderío interventor colombiano, ¿cómo hubiesen podido los gobiernos nicaragüenses posteriores, ejercer soberanía sobre el archipiélago de San Andrés y Providencia?, ello hubiese implicado una confrontación armada contra un ejército colombiano más poderoso. Desde un punto de vista estrictamente justo, dicho tratado no debería tener ninguna validez legal, pues Nicaragua fue obligada a suscribirlo mediante artimañas políticas y militares de gobiernos aliados para el despojo; por ello, la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional en 1980 en un paso determinante de ofensiva patiótico-jurídica a largo plazo, rechazó y anuló dicho tratado bilateral, impuesto mediante métodos repudiables.

Recordemos algunos incidentes provocativos antes del fallo de la CIJ el 19 de noviembre de 2012: Protesta colombiana en el 2002 cuando Nicaragua convocó a una licitación internacional para concesionar exploración petrolera en aguas del Mar Caribe dentro de su Plataforma Continental; enero del 2003, protesta formal de Nicaragua por un atlas con mapa de Nicaragua afectando su soberanía; 10 de octubre del 2012, la Armada Nacional colombiana exige la retirada de un buque nicaragüense estacionado en aguas del cayo Quitasueño; 11 de octubre del 2012, el mayor general Óscar Balladares, da a conocer la notificación nicaragüense a la CIJ de ejercicio soberano nicaragüense al este del meridiano 82 aunque procede a retirar el buque anclado en el cayo Quitasueño.Despúes

Una política de continuidad gestora de Estado en la sucesión de gobiernos con diferentes signos políticos, posibilita realizar grandes logros y beneficios nacionales


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