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Está en juego la eficacia de la Euro Orden y, como consecuencia, la homologación de los sistemas judiciales de la UE. Suponer que determinados países de la UE penalizan lo que en los demás no se considera delito, no deja en buen lugar la necesaria cohesión judicial de Europa
La Puñeta es el encaje o bordado característico de las togas de los Magistrados. Durante años, tan penosa labor de costura fue realizada como trabajo forzado por las reclusas y de ahí la expresion “ir a hacer puñetas” que equivalía a entrar en prision. De momento parece que la Euro Orden de detención y extradición de Puigdemont no le manda a hacer puñetas
Alemania se extralimitó al examinar y resolver la Euro Orden de detención contra Puigdemont. Rechaza su extradición por el Delito de Rebelión porque -según entienden- no puede equiparase al Delito de Alta Traición alemán que exige que concurra violencia. Sin embargo, para apreciarlo así, el Tribunal alemán, prescinde de la redacción de nuestro Código Penal para el Delito de rebelión del art. 472 que literalmente expresa: “Son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para cualquiera de los fines siguientes: … 5º Declarar la independencia de una parte del territorio nacional” y se adentra en la valoración de los hechos y demás elementos que, en el concreto caso de Puigdemont, perfilan la comisión de dicho delito, lo que, por otra parte, ha de ser el objeto del proceso y juicio ante el Tribunal Supremo Español, en su momento, para poder dictar una sentencia.
Y dicha actuación es la que precisamente, le estaba vetada. El acuerdo marco de la orden europea de detención y entrega (OEDE) de 18 de junio de 2002, acordado por los países miembros de la Unión Europea, puntualiza los limites de la decisión de los sistemas judiciales nacionales.
“Para los delitos distintos de los mencionados en el apartado 2, la entrega podrá supeditarse al requisito de que los hechos que justifiquen la emisión de la orden de detención europea sean constitutivos de un delito respecto del Derecho del Estado miembro de ejecución, con independencia de los elementos constitutivos o la calificación del mismo”.
Nuestro Tribunal Supremo tiene más de doscientos años
En otras palabras, el Tribunal Alemán debió comparar únicamente la tipificación o redacción de su Delito de Alta Traición y el Delito de Rebelión español, por cierto, ambos aprobados por sus respectivos órganos legislativos-parlamento nacional y federal- y, hete aquí, que ambos precisan literalmente del concurso de la violencia. Entrar a valorar si los hechos son o no constitutivos de violencia es entrar a examinar los elementos constitutivos y la calificación de los hechos, lo que le estaba expresamente vedado.
De ahí que, aunque no quepa recurso contra dicha resolución, el magistrado instructor Sr. Llarena, junto a la Fiscalía General española y la alemana, estén analizando el acudir al Tribunal de Justicia Europeo para denunciar dicha extralimitación. Ademá, en su resolución, el Tribunal Territorial alemán invoca alguna jurisprudencia del Tribunal Federal Alemán -Tribunal Supremo- que, a mi entender, no es aplicable al caso ni de lejos.
Está en juego la eficacia de la Euro Orden y, como consecuencia, la homologación de los sistemas judiciales de la UE. Suponer que determinados países de la UE penalizan lo que en los demás no se considera delito, no deja en buen lugar la necesaria cohesión judicial de Europa.
Más aún cuando la Euro Orden no la emite cualquier juzgado de instrucción español sino la más alta instancia judicial española que es nuestro Tribunal Supremo. Tribunal que por cierto es de los más antiguos del Mundo. Nacido en 1.812 con la Constitución de la Cortes de Cádiz, cumplió más de doscientos años. Goza de una autoridad y prestigio históricos y universal; sus sentencias y doctrina se han citado y aún se citan “a mayor abundamiento” en todos los sistemas judiciales de los países de habla hispana e incluso en algunos de lengua extranjera. Nada que ver con el joven Tribunal Federal alemán que se creó después de la II Guerra Mundial, en Octubre de 1950 concretamente, y que apenas cumplirá 68 años en Octubre.
Puigdemont de salva de irse a hacer puñetas
AscoHastaLaNáusea