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Los problemas de las empresas con la presentación telemática del Suministro Inmediato de Información (SII)

20/11/2017 15:40 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Desde Arrabe Asesores, expertos en asesoramiento fiscal, lanzamos un servicio de consultoría especializada que viene a resolver las incidencias con la mayor parte de los programas de contabilidad existentes en el mercado

Desde la entrada en vigor el pasado mes de julio del Sistema de Suministro Inmediato de la Información SII) de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) han pasado varios meses y aún muchas de las empresas afectadas no han conseguido normalizar los procesos de presentación. ¿Los motivos? El coste de adaptación de los sistemas informáticos es muy elevado para algunas compañías y el proceso y manipulación de información se hace más complejo de lo que inicialmente estaba previsto por la AEAT. Desde Arrabe Asesores, expertos en asesoramiento fiscal, lanzamos un servicio de consultoría especializada que viene a resolver las incidencias con la mayor parte de los programas de contabilidad existentes en el mercado.

En este sentido, conviene recordar que el SII es el nuevo sistema de gestión del IVA que obliga a presentar de manera telemática a la AEAT los detalles de las facturas emitidas y recibidas en un plazo máximo de cuatro días hábiles ampliado a ocho días hábiles durante 2.017.

El Sistema SII entró en vigor el pasado 1 de julio de 2017 y ha venido a modificar los sistemas de llevanza de los libros de registro del IVA obligando a enviar telemáticamente a la Sede Electrónica de la AEAT los datos de las facturas emitidas y recibidas - incluyendo las facturas simplificadas o tiques - en los cuatro días siguientes a su emisión o registro contable.

Este sistema de suministro de información está regulado en el Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre, para la modernización, mejora e impulso del uso de medios electrónicos en la gestión del Impuesto sobre el Valor Añadido, publicado en el BOE el 6 de diciembre de 2016, con dos disposiciones que afectan a los seis primeros meses de la entrada en vigor del nuevo sistema:

  • Entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2.017, el plazo de remisión de facturas se amplía de cuatro a ocho días hábiles.
  • En este mismo periodo se deben remitir con el nuevo sistema los registros de facturación correspondientes al primer semestre de 2.017. Sin embargo, la AEAT ha decidido eximir de esta obligación a las empresas del Régimen de Devolución Mensual (REDEME) que hayan presentado el modelo 340 durante los seis primeros meses del año.

¿A quiénes afecta el Suministro Inmediato de Información (SII)?

Se estima que el SII afecta a aproximadamente 63.000 empresas, lógicamente aquellas de mayor volumen de facturación en España y las cuales representan aproximadamente el 80% de la facturación total:

  • Empresas con volumen de facturación superior a los 6 millones de euros
  • Sujetos pasivos inscritos en el Registro de Devolución Mensual del IVA (REDEME)
  • Sujetos pasivos acogidos al régimen especial del grupo de entidades del IVA
  • Empresas que decidan acogerse voluntariamente al nuevo sistema. Este último grupo siempre podrá renunciar a este sistema, si lo desea, al final de cada año

¿Cuáles son los objetivos del Suministro Inmediato de Información?

  • Lucha contra el fraude fiscal
  • Mejora en la calidad de los datos
  • Correcta aplicación de las prácticas contables
  • Ahorro de costes
  • Mayor eficiencia

Los contribuyentes sujetos al SII están obligados a llevar los libros registro de IVA a través de la Página Web de la AEAT, donde esos libros se van formando con cada uno de los envíos del detalle de las operaciones realizadas. Por tanto, son electrónicos los libros de registro de las facturas expedidas, las facturas recibidas, los bienes de inversión, las operaciones intracomunitarias, así como los importes en metálico. No se debe presentar la factura en sí, sino los registros de facturación e información adicional de relevancia fiscal.

El plazo de remisión de estos datos es de cuatro días hábiles desde la emisión o el registro contable de las facturas (ampliado a ocho días durante los seis primeros meses). Si la factura la hace un tercero o el destinatario (autofacturación), el plazo aumenta de cuatro a ocho días.

Entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2.017, el plazo de remisión de facturas se amplía de cuatro a ocho días hábiles

Además, con el SII se elimina la obligación de presentar los modelos 347, 340 y 390 y se amplía el plazo para la presentación de las autoliquidaciones de 20 a 30 días.

Las facturas simplificadas, emitidas o recibidas, se pueden agrupar y enviar los registros de facturación del correspondiente asiento resumen, siempre y cuando cumplan ciertos requisitos (por ejemplo, en el caso de facturas recibidas, han de ser del mismo proveedor).

¿Qué ofrece Arrabe Asesores a las empresas que tengan problemas con la presentación y cumplimiento de las obligaciones establecidas en el SII?

Nuestro Departamento Fiscal junto con nuestros técnicos de sistemas han desarrollado un sistema que permite de forma ágil la adaptación de las empresas al SII y todo esto sin incurrir en los grandes costes que supone adaptar la casi totalidad de los programas de gestión del mercado de las empresas afectadas.

Los trabajos se inician con un pequeño trabajo de consultoría y análisis de los sistemas y procedimientos utilizados por la empresa afectada. En esta fase, se diseñan las herramientas y soportes a utilizar entre la empresa y nuestro despacho confeccionando un calendario de presentación y analizando si los sistemas de facturación de la empresa están debidamente adaptados a las distintas normativas en vigor.

Son muchos los clientes que ya han confiado en esta solución que les permite olvidarse de un problema y sobre todo de unos costes que desde nuestro punto de vista son absolutamente desproporcionados a la realidad y necesidad de las empresas afectadas.

Los plazos para presentar la información relativa al primer semestre del año, termina el próximo día 31 de diciembre de 2.017 por lo que si su empresa está obligada a su presentación, debe saber que Arrabe Asesores le podrá ayudar.

¡Póngase en contacto con nuestro Despacho, y le podremos diseñar una propuesta adaptada a sus necesidades y a su bolsillo!


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Arrabeasesores (52 noticias)
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Nota de prensa
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