Es a lo que se enfrentan los Opositores por libre con el nuevo Real Decreto-ley 14/2021 de 6 de julio, como medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, RD que legaliza el Nepotismo existente en la Admón. pública, camuflándolo como un marco para evitar los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada, contempla que los empleados que lleven como interinos más de 5 años podrán convertirse en fijos mediante un concurso que tendrá en cuenta méritos. Para quienes lleven más de 3 años contará un 60% méritos y un 40% un examen de oposición.
Este RD que modifica a la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público anterior, el 5/2015, de 30 de octubre, elaborado por el PP, al tener la suya 10 años según Título VIII, Disposición Transitoria 4ª. Por ello el PP no hace ninguna propuesta, ni se opone, cuando todo lo que hace este Gobierno de Coalición es demoníaco. También callan y apoyan los sindicatos mayoritarios en la Administración (CCOO, UGT y CSIF). Ley en debate parlamentario para pasar por el Congreso y ser ratificada. De aprobarse, estas plazas deberían ser fijas antes del 31 de diciembre de 2024.
Razones por la no oposición del PP, durante Bipartidismo, y Comunidades Autónomas gobernadas largo tiempo por un partido, el enchufismo de familiares, consortes, queridas o queridos, no solo partidos políticos, también en organizaciones sindicales, con esta Ley están regulando muchos casos de Nepotismo. Demostrando su menosprecio a opositores que pueden llevar hasta 10 años opositando por libre, estudiando en Academias con poco contacto familiar por las horas dedicadas al estudio de normas particulares, Leyes, la Constitución, mientras la mayoría donde de los interinos no han realizado exámenes o no han aprobado, pero disfrutan de un puesto en la Administración por méritos desconocidos.
? La nueva ley a falta de aprobación en el Congreso considera que: Los interinos que llevan más de cinco años en sus plazas se convertirán en fijos a partir de un concurso de méritos del 60%, sin opositar. Su significado es que un interino se convierte en funcionario por el solo hecho de haber trabajado en cualquier ámbito territorial de la Administración del Estado, Comunidades autónomas y Entidades locales, durante un «lapsus» de tiempo.
¿Cuáles son sus méritos?, muchos interinos son por designación digital, y la mayoría ocupando un puesto determinado en un departamento determinado. Pocos son de la bolsa de trabajo que, habiendo aprobado con creces, sin el baremo establecido por cada Administración para favorecer a los suyos. Pues en muchos casos los concursos donde se presentaron Opositores libres con notas de 10 ? 9, 8 ? 9, 5 ? 9 y 8, 75, no consiguieron plaza porque los presentados por Concurso Oposición, al aprobar por la mínima (seguro que pasaban del 10) pasaban dado que en el Concurso donde tenían un 40% del peso sobre la nota total, en algunos casos hasta el 60% (pocos), e incluso cuando la poca preparación de los interinos presentados era patente al no aprobar con la nota mínima, sacan una «Fórmula Ponderada» que nadie sabe en qué consiste, incluso lo que llaman experiencia laboral, es conseguida en una función determinada, y ahora quienes lleven más de 3 años contará un 60% méritos y un 40% un examen de Oposición, es patente la discriminación, vulnerando el Art. 14 de la Constitución Española, al reconocer a los Opositores por libre, los cursos, las publicaciones o idiomas que posean, y en la actualidad puntúan.
Se podría regular la interinidad, de la siguiente forma:
? Una sola Oposición Libre para todos, donde los interinos actuales tengan como máximo un 20 % del peso la nota final, por méritos habiendo aprobado el examen. Y los aprobados serían Funcionarios por Oposición con elección de plaza, que elige cada opositor según la nota final del Examen, como ahora. Si está ocupada interinamente por otro con nota inferior, puede ser ocupada por otro opositor con mejor nota, como es normal en las Oposiciones Libres. En el último examen Concurso Oposición celebrado el 23 de febrero de 2020, los Opositores Libres a pesar de aprobar con buenas notas quedaron relegados a puestos de trabajo lejos de su lugar de residencia, algunos de ellos hasta 700 km o las Islas canarias, teniendo que tomar una decisión dolorosa si tienen hijos, renunciar al puesto de trabajo o trasladarse todos.
? Dar prioridad en las bolsas de trabajo a los aprobados de mayor nota, a mujeres mayores de 45 años y parados de larga duración, pero dentro del Régimen de Personal Laboral.
? Ocupar la plaza elegida en un plazo máximo de tres años. Con frecuencia los opositores que habiendo aprobado una o varias convocatorias, sólo ejercen en una de ellas, por no gustar el destino asignado, o por ejercer en la empresa privada mejor remunerado. La no ocupación de plazas aprobadas en reserva, alimenta la temporalidad.
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