Globedia.com

×
×

Error de autenticación

Ha habido un problema a la hora de conectarse a la red social. Por favor intentalo de nuevo

Si el problema persiste, nos lo puedes decir AQUÍ

×
cross

Suscribete para recibir las noticias más relevantes

×
Recibir alertas

¿Quieres recibir una notificación por email cada vez que Vos Regional.com escriba una noticia?

El Jefe de Gabinete asignara el Fo.Fin.Des a los municipios aunque con

02/03/2012 10:30 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

image Prepárense para recibir

El jueves pasado fue publicado en el boletin oficial el decreto Nº9 por el cual Oscar gonzalez, jefe de Gabinete de la provincia queda al frente del Fo.Fin.Des (Fondo de Financiamiento de la Descentralización Provincial) que tiene a su cargo según el art. nº 1 repartir los fondos no coparticipables de esta reserva "a los municipios y comunas de la Provincia", aunque guardando un fondo de reserva que podrá llegar al 40 por ciento de lo asignado en el presupuesto provincial.

Si tenemos en cuento que el presupuesto de este año le ha asignado al Fo.Fin.Des unos 423 millones de pesos esa reserva que se quedaria llega a lo 170 millones de pesos. Plata que en fin no se repartira entre las comunas y municipios de la provincia.

Asimismo en el Anexo del decreto y lo que ya llama la atencion por su contrariedad con el anteultimo articulo (N5º5) es que se aplica a los fondos el caracter de "contraciclico o compensatorio", es decir que el Fo.Fin.Des puede asignarle al municipio o comuna una cierta cantidad de dinero de acuerdo a las variables que son analizadas para entender si es necesario la asignacion pero si este mantiene una deuda con el estado provincial el dinero puede ser reasignado para pagarla.

En si, la gente que es al fin al cabo la destinataria de las obras se queda sin ellas por los desmanejos de sus autoridades y si no me creen para muestra basta un boton.

Las variables para asignar los recursos:

a) Población;

b) Aspectos generales o particulares de la calidad o cantidad de bienes públicos provistos por el municipio: salud, seguridad, educación, seguridad, etcétera;

c) Infraestructura disponible: calles, cloacas, obras de saneamiento ambiental, etcétera;

d) Déficit fiscal, emergencia o desequilibrio financiero y sus causas próximas y comprobables, en tanto, se encuentren asociadas a los servicios a los que se refiere la ley 7. 850 y su reglamentación.

e) Ejecución de Políticas de Estado, establecidas por el Poder Ejecutivo compatibles con los fines de la ley 7850 y su reglamentación.


Sobre esta noticia

Autor:
Vos Regional.com (1414 noticias)
Fuente:
vosregional.com
Visitas:
590
Tipo:
Reportaje
Licencia:
Creative Commons License
¿Problemas con esta noticia?
×
Denunciar esta noticia por

Denunciar

Etiquetas

Comentarios

Aún no hay comentarios en esta noticia.