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...se configurará un delito societario siempre que la inexactitud sea grave y obedezca a propósitos dolosos, dado que mediante el acto do inscripción..
• En el caso de que la inscripción se realice de manera defectuosa o falsa, se configurará un delito societario siempre que la inexactitud sea grave y obedezca a propósitos dolosos, dado que mediante el acto do inscripción, los terceros que contratan con la sociedad to-man conocimiento de sus características, patrimonio, etc.
Http://www.articuloz.com/authors/736225
• En el supuesto de que se constituya en forma sucesiva por oferta a terceros, la información falsa que sea decisiva para la adquisición de acciones por el futuro accionista (nombre de los fundadores y de los primeros suscriptores, monto del capital, valor asignado a los aportes no dinerarios, etc. resultará evidente la delictuosidad de tal omisión, siempre que se acredite la intención dolosa del agente.
• En el supuesto de que se constituya en forma sucesiva por oferta a terceros
• Asimismo, el hecho de incorporar accionistas simulados, para cientos de completar los aportes necesarios para la constitución (acciones ficticias) y así viabilizar la inscripción en el Registro de Personas Jurídicas configura, del mismo modo, un delito societario cometido por aquellos socios fundadores que participen en tal simulación.