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Divorciado sin pisar un Juzgado

26/08/2018 16:00 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

El Procurador de los Tribunales es una figura jurídica que muchos desconocen, aunque sus funciones, responsabilidades y obligaciones van más allá de un mandato legal. ¿Divorciado con cuantas visitas al Juzgado? ¿Cómo ser divorciado sin pisar un Juzgado?

El Procurador de los Tribunales es una figura jurídica que muchos desconocen donde sus funciones, responsabilidades y obligaciones quedan en ocasiones resumidas bajo el prisma de una simple necesidad y una imposición por mandato legal. Ciertamente, que el ciudadano sea representado por un Procurador es imperativa legal y es la ley la que establece sus funciones, responsabilidades y obligaciones. Las funciones más conocidas son, entre otras, la presentación de escritos, interposición de demandas, recepciones de notificaciones, testimonios de resoluciones judiciales, asistencia a juicios, control de plazos procesales y todo lo análogo a esta función. Además, el Procurador es el profesional Licenciado en Derecho experto en Derecho Procesal, por tanto, garantiza el correcto desarrollo del procedimiento judicial siendo el garante de los derechos que amparan a cada ciudadano evitando, en consecuencia, que el cliente deba controlar e informarse en sede judicial de su propio procedimiento o bien que su Abogado ostente la defensa y la representación como especialista en la materia que defiende (Civil, Penal, Contencioso-Administrativa...) y también deba serlo del Derecho Procesal. La potestad del Procurador conlleva que existan procedimientos que se resuelvan sin que el ciudadano deba asistir nunca al Juzgado, encargándose de todo su Procurador de los Tribunales hasta recaer Sentencia y este es el caso de los procedimientos de divorcio de mutuo acuerdo.

En concreto el divorcio de mutuo acuerdo es un tipo de procedimiento que se inicia con la redacción del convenio regulador (y plan de parentalidad si corresponde). Sin embargo, previamente se deben examinar los siguientes aspectos mediante la siguiente documentación:

Primero debemos conocer el Juzgado de competencia (mediante el padrón municipal o último domicilio familiar), Registro civil al que corresponde la inscripción de la Sentencia de divorcio (mediante el certificado literal de matrimonio con expedición no superior a 3 meses), hijos comunes de matrimonio (mediante el Libro de familia) y Registro civil al que se procedió a la inscripción del nacimiento de los hijos en común (mediante el certificado literal de nacimiento de los hijos con expedición no superior a 3 meses). La referida documentación proporciona por tanto la información suficiente para presentar la demanda al Juzgado que es competente, así como los datos necesarios para la inscripción de la Sentencia recaída. Se redacta el convenio regulador que deben examinar los cónyuges y bajo consentimiento y sin coacción lo deben firmar de conformidad. El Procurador de los Tribunales procede en nombre y representación de ambos (si así lo desean) a la interposición de la demanda junto al convenio regulador firmado y los anteriores documentos mencionados. El Decanato del Juzgado reparte la demanda al número de Juzgado que corresponde y este asigna el número de procedimiento y sección que notificará al Procurador. En este momento procesal, se solicitará apoderamiento a favor del Procurador, bien a través de poder otorgado ante notario (de pago), bien a través del llamado apoderamiento apud acta (gratuito).

¿Divorciado con cuantas visitas al Juzgado? El Juzgado por la denominada economía procesal procura en la medida de lo posible todos los trámites se realicen en unidad de acto, es decir, notificada Diligencia de ordenación o Decreto se indica día y hora de comparecencia, o bien un plazo que suele ser enmarcado en el transcurso de 5 a 10 días para la comparecencia o bien mediante cita previa. Se procede a la firma del acta de apoderamiento apud acta y el acta de ratificación, no siendo preceptiva la asistencia de Procurador en sede judicial por el art. 24 LEC.

El Procurador actúa ante el Juzgado, tramita, gestiona y controla el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo en nombre y representación del cónyuge

Ahora bien, según el criterio del secretario judicial puede exigir una primera comparecencia para otorgar apoderamiento a favor del Procurador, notificará el Decreto de admisión a trámite de la demanda, y una segunda comparecencia para ratificar el convenio regulador presentado. En el supuesto que existan hijos menores comunes del matrimonio se dará traslado al Ministerio Fiscal. Si en algunos de los pactos el Fiscal muestra su oposición, debe presentarse un nuevo convenio regulador, del que nuevamente deberán ratificarse los cónyuges, por tanto, será la tercera asistencia al Judicial. Recaída Sentencia si alguno de los cónyuges necesita el testimonio de la Sentencia para su presentación en alguna institución de forma urgente, el ex cónyuge acude al Jugado para su recogida, por lo tanto, estamos en la cuarta asistencia al Juzgado.

 ¿Cómo ser divorciado sin pisar un Juzgado? Mediante poder otorgado ante Notario, pero bajo un poder especial por el que se otorga poder al Procurador para ratificarse en el convenio regulador ante el Juzgado en su nombre, poder que por tanto debe incluir el convenio regulador firmado por ambas partes.

Por lo tanto, las idas y venidas por citaciones judiciales en ocasiones llevan a gestionarse bajo la agenda de los cónyuges, permiso concedido en el puesto de trabajo que tengan, viajes u otros aspectos personales y la agenda judicial. Marcharse de viaje puede ser acreditado para solicitar nueva fecha y paralizar el procedimiento, pero la paralización o los posibles cuatro viajes al Juzgado se pueden evitar si se otorga poder especial a favor del Procurador de los Tribunales. De este modo el Procurador actúa ante el Juzgado, tramita, gestiona y controla el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo en nombre y representación del cónyuge, divorciándose en su nombre, consiguiendo que el cliente esté divorciado sin pisar un Juzgado.


Sobre esta noticia

Autor:
Joanna Lagunowicz (27 noticias)
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Tipo:
Opinión
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