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Corte salvadoreña declara ilegal ingreso de Funes a Parlacen

10/07/2014 05:20 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

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La Corte Suprema de Justicia de El Salvador (CSJ) declaró este miércoles inconstitucional el ingreso automático en junio pasado del expresidente Mauricio Funes al Parlamento Centroamericano (Parlacen) porque no fue electo mediante voto popular.

"Se concluye que la juramentación del expresidente Carlos Mauricio Funes en el Parlacen no surte ningún efecto jurídico en El Salvador, por lo que no podrá representar al Estado salvadoreño en dicho organismo, ni se le reconocerán los derechos ni prerrogativas inherentes al cargo de diputado Centroamericano", determinó la Sala de lo Constitucional de la CSJ.

La Sala declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 en algunos incisos del Tratado Constitutivo del Parlacen y la ineficacia de los artículos 2, 16, 21 y 28 del reglamento interno del Parlacen, pues al establecer que los presidentes, vicepresidentes y designados a la presidencia integrarán automáticamente el Parlacen al concluir sus mandatos se "vulnera" los artículos 78 y 80 de la Constitución.

El artículo 78 establece que "el voto será libre, directo, igualitario y secreto", y el 80 consigna que "el presidente y vicepresidente de la República, los diputados a la Asamblea Legislativa y al Parlamento Centroamericano (...) son funcionarios de elección popular".

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En la demanda de inconstitucionalidad presentada a la CSJ por el movimiento de derecha de mujeres Cruzada Pro Paz y Trabajo, se señalaba que con el ingreso automático de Funes al Parlacen se vulneraba el artículo 80 de la Constitución por cuanto no se había sometido a una elección en la que recibiera el mandato popular para fungir como diputado centroamericano.

Al finalizar su mandato de cinco años, Funes se presentó el 25 de junio en Guatemala a la sede del Parlacen, donde fue juramentado como diputado, con lo cual desobedeció una medida cautelar de la Sala de la CSJ que le había solicitado abstenerse de hacerlo mientras se ventilaba un recurso de inconstitucional.

En su fallo, la CSJ consignó que el "incumplimiento" de la medida cautelar que había emitido en junio podría ser "constitutivo de un hecho delictivo" y siendo que fue pública la "desobediencia" de Funes, corresponde a la Fiscalía realizar las investigaciones y promover la "acción penal correspondiente".


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Autor:
Redacción Política (31941 noticias)
Fuente:
AFP
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