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El denominador común a todos los casos de corrupción en España, lo único acreditado judicialmente hasta la fecha es que, ellos y solo ellos, los autores de las tramas corruptas, se enriquecieron exponencial e injustificadamente, a título personal
Caso Palau, Gürtel, Bárcenas, Púnica, Pujol, ERE, Canal de Isabel II, etc., grandes sumarios por corrupción con un claro denominador común: la codicia y afán de riqueza de sus autores.
Acabamos de conocer la elaborada sentencia -549 folios- del denominado Caso Palau, por la que se condena a los principales dirigentes del Palacio de la Música de Barcelona, Felix Millet y Jordi Montull, a 9 años y 8 meses y, 7 años y 6 meses, de prisión, respectivamente. Además, a Daniel Osacar, ex tesorero de Convergencia Democrática de Cataluña (CDC) a 4 años y 5 meses y, a la hija de Jordi Montull, Gema Montull, a 4 años y 5 meses de prisión. Un trágala o expolio que comenzó a finales de los años 90 y concluyó en 2009 con el registro de la sede por los Mozos de Escuadra.
La sentencia detalla el modus operandi de FERROVIAL AGROMAN, una de las grandes promotora-constructora de España, para procurarse obras a cambio de dinero, a través de sus delegados en Cataluña, Pedro Buenaventura y Juan Elizaga, pero no los condena al entender prescritos los delitos frente a los mismos.
Las conclusiones más destacadas de dicha sentencia ponen de relieve que las cantidades percibidas y desviadas alcanzaron más de 23 millones de euros, de los que más de 14 se los apropiaron Millet y Montull y otros casi 7, fueron a parar a manos del entonces tesorero de CDC Osacar.
Sin embargo y a pesar de la dilatada instrucción y cúmulo de pruebas, la sentencia no estima probado que hubiera existido enriquecimiento por parte de los dirigentes de CDC en aquel momento -destacadamente, Artur Más- ni financiación irregular de la formación, pese a condenarla a devolver 6, 6 millones de euros, como responsable a título lucrativo por lo percibido por su ex tesorero.
Los perceptores de las comisiones aparecen como los máximos beneficiarios de las mismas
Se infiere meridianamente de la sentencia que los fondos desviados fueron aportados, entre otras, por FERROVIAL AGROMAN, pero la pregunta sería: ¿Eran entregas unilateralmente decididas por los dirigentes de FERROVIAL AGROMAN destinadas a la obtención de contratos, al margen de las condiciones de licitación de la obras o, por el contrario, era una suerte de “peaje” que se les exigía para considerar sus propuestas en las licitaciones de obras? La distinción no es baladí. Aunque ambas conductas merezcan el reproche penal, desde un punto de vista empresarial, social y hasta ético, no es lo mismo pagar para ser el adjudicatario de un contrato de obras, al margen de la oferta y capacidad técnica del aspirante, sin consideración alguna a otras empresas y ofertas más favorables, que hacerlo para que tu oferta, que es la más solvente, adecuada y beneficiosa para la administración, no sea marginada y desechada para finalmente adjudicar el contrato a otras ofertas menos favorables de empresas que si han aceptado el pagar un “peaje” del 4%.
Dicho de otro modo, no es lo mismo pagar un 4% de sobreprecio para garantizarte la adjudicación de una obra pública al margen de la oferta misma -importe que además repercutes en el precio, para que no disminuya el margen de beneficio-, que pagar ese 4% para que tu mejor oferta no sea descartada, pese a ser la más ajustada y favorable –descontando ese 4% del margen de beneficio de la obra- porque te conste la existencia de un sistema corrupto en esas adjudicaciones que pasa por, pagar o pagar ese 4%, si quieres tener una oportunidad de que tu oferta sea considerada.
En otras palabras, la diferencia estriba en corromper el sistema para beneficiarte o soportar un sistema corrupto para no perjudicarte. De la sentencia yo deduzco –por tamaño, solvencia y profesionalidad- que FERROVIAL AGROMAN hizo lo segundo, es decir, se adaptó –pagó- al sistema corrupto de adjudicaciones que imperaba en Cataluña, para no quedarse al margen en su legítimo derecho a la adjudicación de obras.
Otra de las conclusiones de la sentencia es el destino de dichos fondos. Se declara probado que más de 14 millones de euros fueron destinados al bolsillo de los dirigentes del Palau, Millet y Montull; y en este punto la sentencia no puede ser más prolija, al detallar factura por factura las entradas y aplicaciones irregulares de fondos. La pormenorizada lista causa sonrojo: viajes de lujo a lugares remotos y paradisíacos, compras de toda clase de artículos de lujo, reformas en sus casas, eventos y celebraciones, etc. Otros 6, 6 millones fueron a parar al bolsillo del ex tesorero de CDC Osacar sin que conste la aplicación de los importes.
Y este es el denominador común a todos los casos de corrupción en España. Los diseñadores del sistema, los recaudadores de comisiones, los autores del delito, (Millet, Montull, Osacar, Matas, Correa, Crespo, Álvaro Pérez, Bárcenas, Granados, Marjaliza, Roca, Julián Muñoz, González, etc. etc.) supuestamente actuaban –así lo declaran o dan a entender- para beneficiar a sus respectivos partidos con la entrada irregular de fondos y, de esta manera, sufragar actos electorales, campañas, publicidad, sobresueldos, etc. al margen de la contabilidad oficial. Pero lo cierto es que lo único acreditado judicialmente hasta la fecha es que, ellos y solo ellos, los autores de las tramas corruptas, movidos por la ambición y codicia, se enriquecieron exponencial e injustificadamente y solo han podido confesar, que no probar aún, que algunos importes, ridículos por mínimos, fueron destinados a trajes, prebendas, eventos, regalos, obras, sobresueldos, etc. de los órganos y/o miembros de los partidos a los que pertenecían.
Está por ver si las empresas corrompían o eran víctimas de un sistema corrupto
AscoHastaLaNáusea