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Asesor fiscal autonomos: repercutir el IVA en sus facturas.

30/01/2016 13:00 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

El IVA es un impuesto que asume el comprador pero el autonomo debe de repercutir e ingresarlo en las arcas del Estado. Podríamos decir que la figura del autonomo ejerce de intermediario entre el comprador y la Agencia Tributaria.

Los hechos imponibles gravados para este impuesto son las adquisiciones intracomunitarias de bienes, las entregas de bienes y prestaciones de servicios y la entrega de bienes. Para que haga efectiva su imposición, dichos hechos imponibles deben de haber sido de aplicación en territorio español, considerandose a efectos de IVA el territorio español, la peninsula e islas baleares.

En las islas Canarias deberá aplicarse el IGIC, es decir, el impuesto general indirecto canario.

A la base imponible de dicho impuesto, se le debe aplicar un tipo impositivo para calcular la cuota. Este tipo impositivo para el caso del IVA es el 21% como el tipo impositivo general, aplicandose tambien los tipos reducidos que son el 10% y el 4%.

Cada vez que se adquiera un producto o se preste un servicio, el consumidor final deberá hacerse cargo de dicho impuesto. Sin embargo, el que realiza el servicio o vende productos es que debe de ingresarlo en Hacienda. Los autonomos y empresarios deberán de liquidar el IVA de forma trimestral o de forma mensual.

Dichas operaciones de entrega de bienes y servicios asi como las importaciones y adquisiciones intracomunitarias deberán reflejarse en los libros registros de IVA, teniendo la obligacion el autonomos a realizar la liquidación, independientemente del regimen fiscal al que pertenezca y al lugar donde se realicen las distintas operaciones.

Para realizar dicha liquidación del IVA, se calcula la diferencia entre el IVA repercutido a clientes y el IVA soportado a los proveedores. El resultado puede salir a ingresar( y habrá que hacerlo en el plazo correspodiente, una vez realizada la liquidación e ingresarlo en la Agencia Tributaria) o bien, el resultado puede salir a compensar. La compensación servirá como un crédito para poder soportar IVAs futuros. También existe la psosibilidad de un resultado cero, esto ocurre siempre cuando no hay actividad.

Si tienen alfuna duda con referencia a este impuesto, rellene el siguiente formulario y estaremos encantados de responder las dudas que tengan sobre dicho impuesto.

El servicio de asesor fiscal autonomos contestará de forma inmediata a las consultas realizadas.

La entrada Asesor fiscal autonomos: repercutir el IVA en sus facturas. aparece primero en Aserline Asesores S.L CIF: B86967130 Asesoria fiscal madrid.


Sobre esta noticia

Autor:
Aserline Asesores S.l (45 noticias)
Fuente:
aserline.es
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Tipo:
Reportaje
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