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Absuelto conductor que dio positivo ya que no se le realizó prueba contraste

07/09/2009 16:30 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha decidido absolver a un conductor que arrojó un resultado de 0, 76 miligramos de alcohol por entender que la prueba fue realizada con un etilómetro de los llamados "orientativos" y posteriormente no se le realizó otra prueba de contraste

Así, la sentencia relata que sobre las 0, 45 horas del día 20 de junio de 2009 el acusado, vecino de Tafalla de 54 años, conducía su vehículo por la NA-6641-AP, cuando en la plaza Cortes de la citada ciudad fue detenido aleatoriamente en un control de seguridad ciudadana de las policías Foral y Municipal.

Al considerar los agentes que presentaba síntomas de embriaguez, fue sometido a una prueba orientativa de etilometría, que arrojó un resultado de 0, 78 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, por lo que la dotación policial recabó la presencia de otra patrulla dotada de un etilómetro de precisión e indicó al hombre que esperara en el vehículo, si bien, transcurrido un cuarto de hora, el acusado abandonó el lugar.

El juez recuerda que para la comisión de un delito es necesario que concurra dos circunstancias adicionales como son que la ingesta de alcohol influya en la conducción y que el conductor presente una tasa de alcohol superior a 0, 60 miligramos.

Al respecto, el juez dice que, en este caso, la influencia de la reconocida ingesta de alcohol en la conducción no ha quedado acreditada, ya que fue interceptado aleatoriamente en un control de seguridad ciudadana y no porque hubiera incurrido en alguna maniobra irregular al manejar el vehículo.

En cuanto a la tasa de alcohol, el fallo insiste en que "es evidente" que un etilómetro indiciario "no ofrece" las garantías de fiabilidad exigibles en un proceso penal, y además "no existió prueba de contraste".

Por ello, el juez ha decidido absolver a A.G.A., con antecedentes penales por hechos similares, y para quien el Fiscal solicitaba dos años y seis meses de privación del derecho de conducir, una multa de 1.620 euros y 66 días de trabajo en beneficio de la comunidad


Sobre esta noticia

Autor:
Marcos Bohoyo (214 noticias)
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Tipo:
Reportaje
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